NOTIFICACIÓN del Servicio Provincial de Salud y Consumo de Zaragoza, del acuerdo de iniciación del expediente sancionador que se detalla en el anexo.
Tras haber intentado dos veces la notificación en el último domicilio conocido, o por desconocimiento del domicilio actual de Abadía Trade, S. A. y no haber podido practicarse, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En consecuencia, se hace constar en el anexo, para que sirva de notificación, una somera indicación del acuerdo de inicio de procedimiento sancionador del expediente número 50.057/10-C, que se encuentra a disposición del interesado en este Servicio Provincial.
Se le da por notificado a todos los efectos, significándole que tiene un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación para alegar lo que considere oportuno.
Zaragoza, 1 de julio de 2010.-La Directora del Servicio Provincial de Salud y Consumo, Mª Luisa Espinosa Vallés. P.A. (Artículo 10.3, del Decreto 74/2000, de 11 de abril). El Secretario del Servicio Provincial.
ANEXO
Expediente: 50.057/10-C
Fecha de inicio: 26 de mayo de 2010
Nombre: Abadía Trade, S. A.
Población: Seseña
Provincia: Toledo
Preceptos infringidos: Artículo 5.1 del Real Decreto 1945/1983, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor («Boletín Oficial del Estado» nº. 168, de 15 de julio), en relación con el artículo 80.h) de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» nº. 149, de 30 de diciembre).